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Formación práctica curricular

¿Qué es la formación práctica curricular?

La Formación Práctica Curricular (CPT) permite a los estudiantes que se encuentran en EE.UU. con un visado F-1 solicitar autorización para realizar prácticas. Utilizando esta autorización, puede realizar un trabajo temporal para adquirir experiencia práctica en su campo de estudio. Para poder optar a ella, la CPT debe ser "parte integrante de un plan de estudios establecido". Los estudiantes deben estar matriculados en un curso que proporcione créditos académicos para el CPT.

CPT puede ser un trabajo/estudio alternativo, pasantía, educación cooperativa o cualquier otra pasantía o práctica requerida ofrecida por empleadores patrocinadores a través de acuerdos de cooperación con ECC por la cual el estudiante recibe créditos. Esto puede ser una parte necesaria del programa donde el empleo es requerido en el campo de estudio para graduarse o una parte no requerida del programa donde la experiencia práctica es para crédito y directamente relacionada con el campo de estudio del estudiante.

Requisitos para optar a CPT


Para ser elegible para CPT, un estudiante F-1 debe haber completado al menos un año académico completo de estudio (inscripción a tiempo completo en los semestres de otoño y primavera) y trabajar en un puesto que sea parte integral del plan de estudios establecido. Los estudiantes del Programa Intensivo de Inglés no tienen derecho a CPT.

Los estudiantes que soliciten CPT deben estar en buena situación académica según las directrices SOAP (Standards of Academic Progress).

El CPT puede concederse para un empleo a tiempo parcial (un máximo de 20 horas por semana) o a tiempo completo (más de 20 horas por semana). Los estudiantes pueden participar en CPT sólo para el empleador específico, la ubicación y el período aprobado y registrado por el DSO en SEVIS. El estudiante debe tener una oferta de empleo de un empleador que ofrece trabajo que califica como formación práctica curricular y recibe la autorización por escrito de la DSO antes de comenzar el trabajo. No se requiere la aprobación del USCIS. Los estudiantes en CPT deben mantener una carga completa de cursos en todo momento a menos que se haya aprobado previamente para un RCL.

Si ha sido autorizado para CPT, consulte los detalles sobre cómo obtener una tarjeta de la seguridad social. Recuerde que los estudiantes en CPT deben solicitar y recibir un número de seguridad social antes de empezar a trabajar.

Solicitud de CPT


Puede iniciar la solicitud de Formación Práctica Curricular en línea o descargar y completar la Formación Práctica Curricular - PDF.

¿Cuál es el efecto del CPT sobre el OPT?

No existe un límite reglamentario sobre el número de veces que un estudiante puede realizar un CPT a tiempo parcial o a tiempo completo. Esto se regirá por la naturaleza de la formación y los requisitos del programa del estudiante. Los estudiantes F-1 que realicen un total de 12 meses o más de Formación Práctica Curricular a tiempo completo no podrán optar a la Formación Práctica Opcional (OPT) en el nivel educativo en el que se autorice la CPT.

Recordatorios importantes sobre CPT:

  • Si la solicitud CPT es aprobada, el DSO informará a USCIS y emitirá un nuevo Formulario I-20 con autorización CPT.
  • El CPT no puede comenzar hasta que el Center for Global Engagement lo autorice. Esta autorización sólo es válida para un empleador, lugar y periodo específicos y a tiempo parcial o completo, según lo apruebe y registre el Center for Global Engagement.
  • Si se produce algún cambio en relación con el empleo de un estudiante, éste debe notificarlo a la DSO para actualizar el registro SEVIS del estudiante. El tiempo de procesamiento es de 3-5 días hábiles.
  • Es responsabilidad del estudiante cumplir con todas las regulaciones de inmigración que se aplican a los estudiantes F-1, incluyendo las regulaciones de empleo. Trabajar sin la debida autorización es una violación grave del estatus F-1 y puede poner en peligro la estancia del estudiante en los EE.UU.