Ir al contenido

Planes de saneamiento

Procedimiento administrativo 5.102

Introducción

Este Procedimiento Administrativo es aplicable a las personas con un Aviso de Asignación de un año que estén empleadas en puestos a tiempo completo o parcial que no hayan sido clasificados como Temporales, Contingentes o Estacionales, y que no formen parte de una unidad de negociación colectiva.

Si un empleado incurre en una conducta que justifica el despido inmediato o la suspensión (con o sin sueldo), consulte el Procedimiento Administrativo 5.406 Disciplina de los empleados.

Planes de saneamiento

Si un empleado no desempeña satisfactoriamente las funciones que le han sido asignadas, se le someterá a un plan de recuperación conforme al presente Procedimiento Administrativo.

Un supervisor que tenga dudas sobre la conducta o el rendimiento laboral de un empleado que no justifiquen el despido inmediato o la suspensión (con o sin sueldo) dará al empleado la oportunidad de subsanar las deficiencias especificadas.

El Supervisor identificará las preocupaciones que tenga sobre el rendimiento de un empleado y completará un plan de remediación por escrito que aborde dichas preocupaciones. El plan de remediación será revisado por La Dirección de Relaciones Laborales y con los Empleados y compartido con el miembro responsable del Gabinete antes de entregárselo al empleado. Se esperará que el empleado complete satisfactoriamente el plan de remediación durante un período no superior a (90) días naturales desde su recepción. El plan de remediación podrá prorrogarse, a discreción del Supervisor, en consulta con La Dirección de Relaciones Laborales y con los Empleados, treinta (30) o sesenta (60) días naturales adicionales si el empleado ha demostrado su compromiso de mejorar pero no puede hacerlo objetivamente dentro del plazo establecido.

Sin embargo, ECC se reserva el derecho de tomar medidas más severas, incluyendo pero no limitado a la suspensión inmediata (con o sin sueldo) o la terminación inmediata del empleo, si ECC determina, a su sola discreción, que tal acción es apropiada. ECC también retiene todos los derechos bajo cualquier acuerdo de empleo aplicable por escrito entre ECC y el empleado. Si el empleado no completa satisfactoriamente el plan de remediación en el tiempo asignado o, en su caso, dentro del plazo ampliado pre-aprobado, según lo determinado en la discreción del Supervisor, en consulta con el Jefe Adjunto de Recursos Humanos, el miembro responsable del Gabinete presentará una recomendación para la terminación del empleo al Presidente. Si el Presidente acepta la recomendación del miembro del Gabinete, ésta se someterá a la aprobación del Consejo de Administración en su siguiente reunión ordinaria.

El Presidente o su designado notificarán la decisión del Consejo de Administración al miembro del Gabinete responsable. A su vez, el miembro del Gabinete informará al empleado afectado y a su Supervisor.


Esta política se revisó por última vez el 17/05/2024.

Imprimir página