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Competencia del profesorado en inglés oral

Procedimiento administrativo 5.104

Elgin Community College cumplirá con la Sección 3-29.2 de la Ley de Colegios Comunitarios de Illinois, que reconoce que la comunicación oral eficaz con los estudiantes en el aula es una habilidad esencial necesaria para los miembros del profesorado. Por lo tanto, el Colegio adoptará los siguientes procedimientos para comenzar en el año académico 1994-95 para asegurar la competencia oral del idioma Inglés de los instructores de aula.

  1. A partir del otoño de 1994, todos los candidatos potenciales a puestos de profesorado a tiempo completo y a tiempo parcial deberán demostrar su competencia oral en inglés. La competencia de cada candidato será verificada durante el proceso de la entrevista por el decano de la división en la cual el candidato sería empleado, o por un designado apropiado. El decano remitirá una copia del formulario de evaluación a Recursos Humanos a efectos de registro permanente. Si se requiere una prueba oral de dominio del inglés basada en la entrevista de contratación, se adjuntará al formulario una copia de la prueba de evaluación cumplimentada.
  2. Los materiales de solicitud del Colegio para los solicitantes de puestos de enseñanza a tiempo completo y a tiempo parcial incluirán un aviso sobre el requisito de competencia oral. Un solicitante que no esté seguro de cumplir con el estándar de competencia del Colegio puede presentar los resultados del "Test of Spoken English" (TSE) del Educational Testing Service u obtener una recomendación de un evaluador profesional certificado por el American Council of the Teaching of Foreign Languages (ACTFL) para evaluar la competencia lingüística oral. Una puntuación de 230 en el TSE o una evaluación positiva del ACTFL se considerarán satisfactorias en cuanto a la competencia oral.
  3. Se considera que todos los miembros del profesorado actualmente empleados por el Colegio tienen competencia lingüística oral en inglés. Si la competencia lingüística oral de un miembro del profesorado se cuestiona a través de las evaluaciones de los estudiantes, las observaciones en el aula u otros medios similares, el decano de la división (en consulta, según proceda, con los miembros del profesorado del departamento) determinará si el miembro del profesorado tiene la competencia necesaria para seguir enseñando en el aula. El decano de división notificará su decisión al Vicerrector de Enseñanza, Aprendizaje y Desarrollo del Estudiante. El miembro del profesorado puede presentar los resultados del TSE o una recomendación de un evaluador de ACTFL para su consideración adicional, pero la determinación final de la competencia oral en lengua inglesa será tomada por el decano. La decisión del decano correspondiente puede ser apelada ante el Vicerrector de Enseñanza, Aprendizaje y Desarrollo Estudiantil, cuya decisión es definitiva.
  4. Cualquier miembro del profesorado a tiempo completo o a tiempo parcial que haya sido calificado por el decano y validado por una prueba estandarizada como deficiente en el dominio oral del inglés deberá demostrar su dominio oral antes de volver a las aulas. La asignación no docente no se tendrá en cuenta a efectos de titularidad. Se animará al instructor a consultar al Decane de Desarrollo Académico y Recursos de Aprendizaje, o a una persona designada especializada en inglés como segunda lengua, para desarrollar un plan de remediación a través del programa de desarrollo del personal del Colegio. El éxito del plan de recuperación se determinará mediante el procedimiento de examen al final del semestre. Al final del nombramiento, la corrección o las pruebas adicionales pasarán a ser responsabilidad del miembro del profesorado.

Esta política se revisó por última vez el 31/08/2023.

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