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Apelación de la calificación final

Procedimiento administrativo 4.403

Propósito

El propósito del proceso de apelación de calificaciones es permitir que los estudiantes apelen la calificación final de un curso bajo circunstancias específicas y limitadas. Los motivos para una apelación estudiantil incluirán lo siguiente:

  1. La nota se basaba en un error de cálculo.
  2. La calificación que se asigna se basa en uno o más de los siguientes criterios:
    1. La calificación se basó en criterios distintos de los establecidos en el programa y los materiales del curso.
    2. La calificación se determinaba sobre alguna base distinta del rendimiento del alumno en clase.
    3. Si la calificación se debió a una violación de la integridad académica y la decisión no se comunicó al estudiante según lo estipulado en el Procedimiento Administrativo 4.407 sobre Integridad Académica , el estudiante deberá comunicarse con el Decane de Estudiantes para buscar una solución mediante el procedimiento descrito en el apartado 4.407.

Se anima a los estudiantes que tengan preguntas sobre el proceso de apelación de la calificación final a que se pongan en contacto con el Decane Académico o Decane de Estudiantes para solicitar orientación.

Cálculo de los plazos

Para los fines de esta política, el término "días" se refiere a cualquier día en que la universidad esté abierta, de lunes a viernes . El Vicerrector de Enseñanza, Aprendizaje y Desarrollo Estudiantil (TSLD) puede extender los plazos en determinadas circunstancias (por ejemplo, cuando el profesorado no esté disponible para consultas).

Las calificaciones influyen en la graduación

Si un alumno apela una calificación cuyo resultado podría afectar a su capacidad para graduarse, todas las partes se comprometen a tramitar la apelación de la manera más rápida posible, a pesar de los plazos mencionados anteriormente.

Proceso de apelación

Las secciones siguientes describen el proceso para apelar una calificación final.

Fase I: Resolución informal

El propósito de la Fase 1 es que el profesor y el estudiante resuelvan el desacuerdo siguiendo y documentando estos pasos:

Paso 1:

Utilizando la cuenta de correo electrónico emitida por ECC del estudiante, el estudiante debe comunicarse con el miembro del profesorado utilizando el correo electrónico que figura en el programa del curso, dentro de los diez (10) días posteriores a la fecha límite para la entrega de la calificación final de la clase (el lunes siguiente a la fecha de la última reunión de clase programada) con una solicitud por escrito para una revisión y un desglose detallado de la calificación, incluyendo todos los métodos en los que los estudiantes reciben puntos/calificaciones, así como explicaciones de cualquier violación de la política de la clase. 

Segundo paso:

El profesor deberá enviar al estudiante una explicación a su cuenta de correo electrónico de ECC, abordando la inquietud planteada en la apelación dentro de los cinco (5) días posteriores a su recepción. Si el profesor no presenta una denuncia por violación de la integridad académica, de conformidad con el Procedimiento Administrativo 4.407 , dicha violación no podrá utilizarse como único motivo para que el estudiante repruebe el curso.

Si el estudiante y el profesor no logran llegar a un acuerdo en un plazo de 5 días, o si el profesor no está disponible o no responde, el estudiante podrá pasar a la Fase 2.

Fase 2: Revisión por divisiones

El propósito de la Fase 2 es permitir una revisión independiente de la apelación del estudiante siguiendo y documentando estos pasos:

Paso 1:

Para apelar formalmente una calificación final, el estudiante debe presentar un Formulario de Apelación de Calificación (PDF) . El formulario debe incluir la respuesta de resolución informal del miembro del profesorado junto con la documentación pertinente del curso relacionada con la apelación (por ejemplo, exámenes/trabajos calificados, hojas de tareas, rúbricas, etc.) al Departamento Académico correspondiente. Decane para su revisión dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción de la respuesta del miembro de la facultad (o si han transcurrido cinco (5) días sin respuesta de la facultad). 

Segundo paso:

Dentro de los diez (10) días siguientes a la recepción de la apelación, el Decane o la persona designada revisará la documentación para determinar si la apelación tiene mérito. Si la Decane determina que la apelación tiene mérito, el Decane trabajará con el miembro del profesorado y el estudiante para resolver el problema de la calificación de una manera que sea aceptable para ambos. Si se determina dicha solución, Decane y el miembro del profesorado trabajarán juntos para implementar la solución como se indica en la Fase 4, Paso 1.

Tercer paso:

Si no se encuentra dicha solución dentro de diez (10) días, la Decane reenviará el Decane Recomendar al Vicepresidente de TLSD que proceda a la Fase 3 y enviar una copia de dicha recomendación al estudiante y al profesorado.

Si no está satisfecho con el Decane Según la recomendación del profesor, el estudiante o miembro del profesorado podrá presentar una apelación por escrito al Vicepresidente dentro de los cinco (5) días siguientes a la Decane Recomendación de proceder a la Fase 3.

Fase 3: Revisión del Vicepresidente/Comité

El propósito de la Fase 3 es proporcionar el debido proceso a los estudiantes y al profesorado siguiendo y documentando estos pasos:

Paso 1:

Si el Vicepresidente de TLSD mantiene la Decane Si se aprueba la recomendación de denegar la apelación de calificación del estudiante, la decisión del Vicepresidente será definitiva. Se notificará al estudiante dentro de los cinco (5) días siguientes y el caso de apelación se considerará cerrado.

Segundo paso:

Si el Vicepresidente de TLSD determina que la apelación tiene mérito o considera que se justifica una consideración adicional, dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción de dicha apelación por escrito, notificará a la Asociación de Profesores de Elgin Community College (ECCFA) la necesidad de nombrar y convocar un Comité Asesor de Apelaciones de Calificaciones. El Vicepresidente, en consulta con la ECCFA, es responsable de garantizar que los designados para formar parte del comité no estén directamente involucrados en el asunto ni tengan ningún otro conflicto de intereses. El comité estará integrado por el presidente del consejo estudiantil y tres profesores de tres disciplinas académicas diferentes, incluyendo uno de la disciplina del curso o un campo estrechamente relacionado y dos de fuera de la disciplina del curso.

Tercer paso:

ECCFA consultará con el Vicepresidente de TLSD y seleccionará a los miembros dentro de los diez (10) días siguientes a la recepción de la solicitud. Transcurridos diez (10) días, si ECCFA no puede atender la solicitud, el Vicepresidente designará, en consulta con ECCFA, a los representantes del profesorado para el comité. Los miembros del profesorado elegirán al presidente del comité.

Paso 4:

El comité celebrará audiencias en las que el estudiante y el profesor podrán presentar sus argumentos y aportar documentación. El comité podrá formular preguntas al estudiante y/o al profesor. Todas las audiencias serán confidenciales. Tanto el estudiante como el profesor tienen derecho a estar acompañados por un asesor, quien observará y brindará apoyo, pero no podrá intervenir durante las deliberaciones. Dado que este paso es un procedimiento interno de la universidad, ninguna de las partes podrá estar representada por un abogado en ninguna etapa del proceso. 

Paso 5:

El comité revisará las pruebas y presentará una recomendación por escrito al Vicepresidente de TLSD dentro de los tres (3) días siguientes a la última audiencia. El Vicepresidente podrá aceptar o modificar las recomendaciones del Comité Asesor de Apelación de Calificaciones y podrá determinar sanciones o respuestas adicionales, según sea necesario. El Vicepresidente notificará al miembro del profesorado, al estudiante y al responsable académico correspondiente. Decane y el presidente del Comité Asesor de Apelaciones de Calificaciones de la decisión del Vicepresidente dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción de la recomendación del Comité.

Fase 4: Resolución

El propósito de la Fase 4 es aplicar las conclusiones del proceso de apelación de calificaciones siguiendo y documentando estos pasos:

Paso 1:

Si el académico Decane (en la Fase 2) o el Comité Asesor de Apelación de Calificaciones (en la Fase 3) encuentra mérito en la apelación, el miembro de la facultad tendrá la oportunidad de cambiar la calificación del estudiante antes de la Decane o Comité que reporta al Vicepresidente de TLSD. El Decane o el Presidente del Comité Asesor de Apelación de Calificaciones notificará al Vicepresidente la decisión del miembro del profesorado en su informe al Vicepresidente.

Segundo paso:

Si, tras seguir todos los pasos pertinentes, se concede la apelación de la calificación y el profesor se niega a modificarla, el Vicepresidente de TLSD la modificará administrativamente y notificará al estudiante.


Esta política fue revisada por última vez el 14/11/2025.

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