Comprobación de antecedentes penales y análisis de drogas de los estudiantes del programa de profesiones sanitarias
Procedimiento administrativo 3.406
El Departamento de Salud Pública de Illinois (IDPH) - Código de Verificación de Antecedentes de Trabajadores de la Salud y la Comisión Conjunta de Acreditación de Organizaciones de Salud han establecido regulaciones que requieren que Elgin Community College lleve a cabo verificaciones de antecedentes penales y pruebas de drogas de todos los estudiantes en la División de Profesiones de la Salud que participan en la formación clínica. El Colegio cumplirá plenamente con las regulaciones del IDPH y de la Comisión Conjunta que rigen las verificaciones de antecedentes penales y las pruebas de drogas, y esos requisitos han sido incorporados en este procedimiento. Los resultados de todas las comprobaciones individuales de antecedentes penales y pruebas de drogas se guardarán en un lugar seguro con acceso controlado. Todos los resultados de las pruebas individuales se considerarán confidenciales.
Todos los estudiantes aceptados en un programa de Profesiones de la Salud deben someterse a una comprobación de antecedentes penales y a una prueba de detección de drogas. Las verificaciones de antecedentes penales y las pruebas de drogas deben completarse no más de 45 días antes del inicio del semestre en el que los estudiantes comienzan su programa de Profesiones de la Salud. Los resultados de las verificaciones de antecedentes penales y las pruebas de drogas deben estar archivados en la oficina de la División de Profesiones de la Salud antes de comenzar las clases en la División de Profesiones de la Salud. Se denegará la admisión y/o se expulsará de la División de Profesiones Sanitarias a los estudiantes con antecedentes por delitos graves o delitos que los inhabiliten, según se define en el sitio web del IDPH, sin una exención del IDPH y/o con un resultado positivo en un análisis de drogas para sustancias ilegales.
A los estudiantes de profesiones sanitarias se les puede exigir que completen comprobaciones adicionales de antecedentes penales y pruebas de drogas antes o durante las rotaciones clínicas si así lo solicita la agencia clínica.
Además, los estudiantes:
- correrá con todos los gastos relacionados con la comprobación de antecedentes penales y las pruebas de detección de drogas (incluidas las repeticiones de las pruebas)
- será responsable de asegurar de forma independiente todas las comprobaciones de antecedentes penales y pruebas de drogas de una fuente identificada por la División de Profesiones de la Salud
- será responsable de ponerse en contacto de forma independiente con el IDPH para obtener información adicional sobre los resultados de su comprobación de antecedentes y, si procede, de solicitar exenciones por condenas que no se consideren delitos inhabilitantes.
- deberán notificar a la oficina de la División de Profesiones Sanitarias cuando hayan recibido exenciones por condenas que no se consideren delitos inhabilitantes al menos cuatro semanas antes del inicio de las clases; los estudiantes a los que no se les concedan exenciones al menos cuatro semanas antes del inicio de las clases deberán darse de baja de sus respectivos programas de Profesiones Sanitarias
- que abandonen la División de Profesiones de la Salud durante uno o más semestres deberán repetir la verificación de antecedentes penales y la prueba de drogas al ser readmitidos
- que se nieguen a someterse a las pruebas no serán admitidos en la División de Profesiones de la Salud
- con una prueba de drogas positiva será referido al Programa de Asistencia Estudiantil en ECC
- con un resultado positivo en un control de drogas no podrá volver a solicitar el ingreso en un programa de profesiones sanitarias durante un período de un año y deberá presentar una carta de un profesional que demuestre que se ha rehabilitado satisfactoriamente.
- con un segundo positivo en un control de drogas será expulsado definitivamente de la División de Profesiones de la Salud
- cuyos resultados de la prueba de drogas se informen como diluidos, deben repetir la prueba de drogas dentro de las 24 horas siguientes a la notificación, o se considerará un resultado positivo; se considerará que los estudiantes con dos pruebas de drogas diluidas consecutivas tienen un resultado positivo.
- deberán someterse a un control antidopaje repetido anualmente mientras permanezcan en la División de Profesiones de la Salud, y se les podrá exigir que se sometan a un control antidopaje aleatorio si existe causa para ello
- que presuntamente manipulen una muestra de un control de drogas o falsifiquen información relativa a un control de drogas deberán repetir el control de drogas (la recogida será presenciada) en un plazo de 24 horas a partir de la notificación
- que se nieguen a repetir la prueba de detección de drogas en el plazo de 24 horas no serán admitidos en la División de Profesiones Sanitarias.
Referencia Departamento de Salud Pública de Illinois - Delitos Inhabilitantes
- Aviso público
- Procedimientos
- Integridad académica 4.407
- Renovación académica (Fresh Start) 4.105
- Residencia académica 1.301
- Directrices de uso aceptable de los servicios electrónicos para estudiantes
- Bebidas alcohólicas en el campus 6.301
- Política y procedimiento contra la discriminación, el acoso y las represalias 3.404
- Recurso por procedimiento de reclamación 4.408
- Apelación de la calificación final 4.403
- Procedimiento de elegibilidad deportiva
- Equipo de evaluación e intervención en caso de amenaza para la conducta (BIT) 4.602
- Empresas para minorías, mujeres y personas con discapacidad 3.408
- Ética y conducta empresarial 3.808
- Seguridad en el campus 3.701
- Política de cumplimiento de la Ley Clery 3.104
- Acceso a la universidad 4.101
- Enfermedades contagiosas 3.601/4.601
- Procedimiento de reclamación 4.401
- Derechos de autor 3.301
- Auditoría de cursos y Aprobado/Sin crédito 1.201
- Reanudación del curso 1.203
- Crédito por experiencias de aprendizaje distintas de la enseñanza formal 1.101
- Verificación de antecedentes penales y control de drogas 3.406
- Recogida de datos con la participación de personas en Elgin Community College 3.103
- Política de protección de datos 3.905
- Fallecimiento de un alumno/antiguo alumno 4.406
- Pruebas de drogas y alcohol a los alumnos del programa de conducción de camiones 3.405
- Campus sin drogas 3.401
- Correo electrónico 7.104
- Procedimiento de cierre de emergencia 3.809
- Estatus de Emérito 5.101
- Notificación de ausencia prolongada para estudiantes 4.104
- Actividades de aprendizaje extracurriculares y cocurriculares 4.405
- Reglamento de uso de las instalaciones 6.208
- Política de progreso académico satisfactorio
- Armas de fuego, armas y portación oculta Procedimiento 3.902
- Personas con discapacidad Procedimiento 3.501
- Tecnología de la información - Uso aceptable 7.101
- Requisitos del seguro para estudiantes internacionales 4.202
- Competencias mínimas y pruebas de nivel 1.104
- Requisitos mínimos para ser nombrado profesor 5.103
- Notificación de no discriminación 3.402
- Estacionamiento de vehículos en el campus 3.702
- Pago de las obligaciones financieras de ECC contraídas por los empleados 2.203
- Recursos contra las pruebas de nivel 4.404
- Concesión póstuma de un título o certificado 4.604
- Conservación y eliminación de documentos 3.102
- Programa Red Flag de prevención del robo de identidad 3.407
- Reembolsos para cursos con y sin créditos 2.102
- Seguridad y respuesta a todos los peligros 3.806
- Cambios de horario y anulación de cursos 1.202
- Animales de servicio para personas con discapacidad 3.904
- Discriminación sexual, mala conducta sexual y violencia interpersonal 3.403
- Fumar y consumir tabaco en el campus 3.801
- Procedimiento de medios sociales 3.903
- Estándares de Progreso Académico (SOAP) 1.102
- Ley de Deontología de los Funcionarios y Empleados del Estado 3.409
- Expediente académico 4.103
- Código de conducta del estudiante 4.402
- Calificaciones de los alumnos 1.103
- Divulgación facultativa por el estudiante de información privada sobre salud mental 4.603
- Residencia de estudiantes 4.102
- Matrículas y tasas 2.101
- Inscripción en lista de espera 4.502
- Utilización y administración de encuestas 3,906
- Remolque de vehículos 3.703
- Consejo Asesor para el Ajuste de la Matrícula (TAAC) 2.103
- Exenciones de matrícula y becas fiduciarias 4.201
- Niños solos en el campus 3.802
- Uso y alquiler de pasillos, atrios y terrenos del campus 6.202
- Uso de los activos de la universidad 2.303
- Garantía de competencias profesionales
- Protección de los denunciantes 3.804
- Baja de estudiantes llamados al servicio activo 4.501
- Prevención de la violencia laboral 3.805
- Política de privacidad
- Título IX
- Descargo de responsabilidad
- Ley de Libertad de Información (FOIA)
- Condiciones de servicio para móviles
- Divulgación de licencias profesionales